La palabra dada como motor de vida



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1. ¿Existen casos en los que NO se puede realizar la mediación?

Sí. Por imperativo legal y ético, no es posible mediar cuando existe un desequilibrio de poder insalvable. Esto incluye situaciones de violencia de género, abusos sexuales o adicciones activas (alcohol o drogas). En estos supuestos, la mediación es inviable y derivamos el caso directamente a la vía judicial para proteger a las víctimas y a los menores.

2. ¿Es necesario que mi pareja y yo estemos de acuerdo en todo para empezar?

No. Precisamente para eso existe la mediación. Mi labor en Mediación Mallorca es actuar como puente técnico. Aunque la comunicación esté rota, si ambos tenéis la voluntad de evitar un juzgado saturado en Palma, yo me encargo de gestionar el conflicto y construir el acuerdo.

3. ¿Se escucha la opinión de los hijos durante el proceso?

Rotundamente, sí. Consideramos esencial que los menores con suficiente juicio (normalmente a partir de los 10 años) sean escuchados. No para que elijan un bando, sino para que sus necesidades reales queden reflejadas en el convenio. Es un derecho del menor y un pilar de nuestro método.

4. ¿Qué validez legal tiene el acuerdo alcanzado en mediación?

La misma que una sentencia judicial. El convenio regulador que redactamos se presenta en el juzgado para su homologación. Una vez ratificado por el juez, es de obligado cumplimiento para ambas partes.

5. ¿Cuánto tiempo suele durar el proceso en Mallorca?

La mediación es mucho más ágil que un juicio contencioso en los Juzgados de Palma. Dependiendo de la complejidad, solemos cerrar el acuerdo en 2 a 4 sesiones. Una vez firmado, el tiempo de homologación final depende de la carga de trabajo del juzgado correspondiente. En los Juzgados de Palma nos suelen llamar a ratificar muy rápido, entre 2-4 semanas, sin embargo en los juzgados de Inca y Manacor suelen tardar más tiempo.